Facturas de Crédito Electrónicas (FCE)

FCE

¿Qué es el régimen de facturas de crédito?

El objetivo principal es el impulso al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas. Su finalidad es desarrollar un mecanismo que mejore las condiciones de financiación de dichas empresas y les permita aumentar su productividad, mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar emitidos a sus clientes y/o deudores, con los que hubieran celebrado una venta de bienes, locación de cosas muebles u obras o prestación de servicios a plazo.

Requisitos:

  • Ambas partes deben tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE)
  • Los emisores de factura de crédito electrónica deben registrar una CBU

¿Quiénes están alcanzados por el régimen?

Emisores de facturas de crédito electrónicas:

Las micro, pequeñas o medianas empresas.

Aclaramos que se consideran también mipymes a aquellas que se encuentran en el Registro de Empresas MiPyMEs y que cuenten con un certificado vigente.

Receptores de facturas de crédito electrónicas:

Las grandes empresas. Adicionalmente existe la posibilidad de que las micro, pequeñas y medianas empresas opten voluntariamente por ser receptoras de este tipo de documento debiendo inscribirse en el Registro de Facturas de Crédito Electrónicas.

El Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPYMEs resultará aplicable para cada uno de los comprobantes que se emitan por un monto total igual o superior, a aquellos establecidos en el cronograma de implementación sin considerar los ajustes posteriores por nota de débito y crédito.

¿Qué comprobantes respaldan estas operaciones?

CÓDIGO DESCRIPCIÓN
201 FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) A
202 NOTA DE DÉBITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) A
203 NOTA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) A
206 FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) B
207 NOTA DE DÉBITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) B
208 NOTA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) B
211 FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) C
212 NOTA DE DÉBITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) C
213 NOTA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MiPyME (FCE) C

¿Qué es el registro de facturas de crédito electrónicas MiPyME?

El Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME, será dinámico y estará conformado por la totalidad de los comprobantes qué se emitan, acepten y rechacen.

Asimismo, será utilizado por las micro, pequeñas o medianas empresas para consultar los sujetos obligados a recibir dichos comprobantes y para manifestar su voluntad de que sean informados a un agente de depósito colectivo o agentes que cumplan similares funciones.

El citado registro tendrá 2 modalidades:

  • El servicio denominado «Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME» disponible con clave fiscal.
  • El intercambio de información basado en el «WebService».

El usuario deberá indicar:

  • El monto cancelado, en caso de “Cancelación Parcial”
  • El monto de “Retenciones”
  • Porcentaje según tabla elaborada por el Ministerio de Producción, que dependerá de jurisdicción – retenciones provinciales o municipales)

Se podrá modificar luego a “Cancelación Total” siempre que no se haya informado al agente de depósito colectivo de la factura de crédito para su negociación.


Aceptacion tácita

Cuando luego de los 30 días corridos de la recepción de la factura electrónica de crédito “MIPyME” en el DFE, la misma no se hubiera rechazado, aceptado de forma expresa o informado su cancelación, sistémicamente, ésta con sus comprobantes asociados quedarán aceptadas tácitamente “sin cancelación”.